Nunca me ha gustado el sistema actual de las redenciones de pena que ofrece nuestro generoso sistema. Y el motivo está más que justificado, cuando un violador sin rehabilitar acaba de ser puesto en libertad tras cumplir 16 de los 65 años de su condena. Conocido en la prensa como "el segundo violador del Ensanche", el sujeto consumó cinco violaciones y otras tantas agresiones sexuales a niñas y adolescentes, entre otros delitos y faltas. Como pueden comprobar, el individuo es toda una pieza de cuidado.
Lo grave de éste asunto, para empezar, los responsables del programa de conductas agresivas al que el reo se sometió no lo consideran rehabilitado. Con esto ya debería haber tenido el Juez de vigilancia penitenciaria, motivos más que suficientes para que dicho elemento continuara con sus huesos en prisión. Y si de hecho, su peligrosidad ha motivado que no se le concediera ni un solo permiso durante estos 16 años ¿cómo se justifica ahora esa decisión? Además, en el mismo momento en que abandonaba la cárcel, el departamento de Justicia ha alertado a la policía dado el alto riesgo de reincidencia.
Un somero vistazo a la literatura especializada permite predecir que alguien con su perfil volverá a delinquir. Me refiero a la literatura seria, claro, no a la que nos distrae con conceptos paracientíficos, muy caros a cierta psicología. Tampoco aludo a los trabajos criminológicos que sostienen fuera de tiempo tanta beatífica irrealidad como impregna los fundamentos de nuestro derecho penal, que para desgracia de nuestro sistema, cree ciegamente en la rehabilitación, despreciando siempre a la víctima. Ese “in dubio pro reo” a veces, desde ciertas perspectivas es casi hasta un insulto por quienes han padecido los efectos perversos de la conductas de estos individuos.
Y como todos saben lo que se avecina, la sociedad se topa con dos problemas. Uno es insoluble: la imposibilidad, perfectamente racional y civilizada, de castigar a alguien por crímenes que (aún) no ha cometido; el "precrimen" queda para la película de Tom Cruise.
El otro problema tiene solución, aunque difícil; es el de nuestros jueces, nuestra ley y nuestra doctrina penal. Es cambiable si, pero siempre nos toparemos con esa interpretación garantista a favor de los reos. El principio de “in dubio pro reo” es un principio PROCESAL dentro de un contexto de procesamiento penal, pero no es un concepto de ciencia criminal, que es en lo que se basa el Derecho penal; de la protección de determinados bienes jurídicos. Además, las penas son también el modo más eficaz de mantener a los ciudadanos a salvo de algunos riesgos comprobados para sus vidas y haciendas. Ninguna de estas dos funciones parece existir para nuestros jueces.
Sin embargo, algo tendrán que decir el día en que el segundo violador del Ensanche se vuelva a meter en un ascensor con una mujer y la viole mientras debiera estar cumpliendo su condena. Los autores de la Ley General Penitenciaria también pueden ir preparando una explicación. Pero descuiden, no la tendremos. Su silencio será cómplice de cuantas violaciones vuelva a cometer
1 comentario:
La culpa es del sentimiento de buenismo progre. Los criminales a la cárcel, pero saben que el político que diga eso está perdido. Simplemente somos bobos.
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